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  • estebanmadiedo8

Firma Digital vs. Firma Electrónica

Actualizado: 23 jun 2020



En Technokey decidimos contarte un poco de este tema ya que consideramos muy importante que lo entiendas. Para empezar, es importante que entendamos que la firma digital y electrónica en Colombia están reglamentadas en la ley 527 de 1999 y el decreto 2364 de 2012. Con esta normativa podemos definir que en Colombia las diferencias entre estos dos tipos de firma están relacionadas con el valor del documento electrónico firmado a nivel público y el valor probatorio de los mismos.


Por una parte, se considera firma electrónica a los métodos electrónicos (tales como: códigos, contraseñas, datos biométricos o criptográficos) que identifiquen plenamente a una persona (natural o jurídica) y la relacione con un documento electrónico, siempre y cuando previa a esta identificación exista un acuerdo de voluntades también demostrable del método a utilizar.


Por su parte la firma digital es un mecanismo criptográfico que blinda la integridad de la información de un documento electrónico y garantiza la autenticidad del firmante y el no repudio de dicha firma a nivel jurídico, dado a que quien genera este algoritmo criptográfico de protección es un tercero de confianza que en Colombia debe estar acreditado por el ONAC como “entidad de certificación digital”.


Con lo anterior tenemos que en términos coloquiales la diferencia de estos tipos de firma radica en el valor jurídico y probatorio que tiene cada una. Por un lado, la firma digital goza de equivalencia jurídica, no repudio, autenticidad, confidencialidad e integridad de la información del documento, así como de valor público del documento al estar avalado por un tercero de confianza acreditado como entidad de certificación, mientras que la firma electrónica no necesariamente contará con estos atributos y por ello, será susceptible de ser repudiada y de perder validez jurídica si así el documento lo requiere.


Por lo tanto y para terminar el uso de estos métodos o mecanismos de firma de documentos electrónicos dependerá de la naturaleza del documento a firmar, ya que para algunos de ellos como pueden ser: contratos, pagarés, pólizas, poderes y facturas entre otros, será la firma digital el idóneo mecanismo que podría utilizarse para garantizar la equivalencia jurídica y funcional de dichos documentos en Colombia.


Con nuestro servicio de Portafirmas no tendrás que preocuparte más porque tu firma electrónica, no sea válida jurídicamente.


 

Autor: Juan David Duarte Valenzuela

https://www.linkedin.com/in/jdduartev/


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